Blog

Fiscal

Periodificación de gastos a final de año

14 de febrero de 2024
Periodificación de gastos a final de año

Al cerrar la contabilidad, no olvide computar los gastos en el ejercicio correcto

Según las normas contables, los gastos deben computarse en el ejercicio en el que se devengan, con independencia de la fecha en la que se paguen. Por tanto, al cerrar las cuentas de su empresa, no olvide realizar los ajustes contables necesarios para que se cumpla este principio.

  • Gastos anticipados. Es posible que en el ejercicio que se cierra haya contabilizado algunos gastos que deban imputarse parcial o totalmente al ejercicio siguiente. Por ejemplo, primas de seguros que cubren parte del año siguiente, cuotas pagadas por adelantado por servicios  que podrá disfrutar durante una parte del año próximo
  • Gastos diferidos. También puede suceder lo contrario: que existan gastos que ya se hayan devengado —y que, por tanto, puede contabilizar—, pero que no consten en contabilidad porque su pago no es exigible hasta el próximo año. Por ejemplo, pagas extras devengadas pero todavía no pagadas, intereses de préstamos o aplazamientos, los propios gastos de auditoría de las cuentas
Contáctanos
Grupo TAT - Asesoría en Madrid
Resumen de privacidad

Este sitio web utiliza cookies para que podamos ofrecerle la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en su navegador y realiza funciones tales como reconocerlo cuando regresa a nuestro sitio web y ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones del sitio web le resultan más interesantes y útiles.